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Participación de jueces de primera instancia en el proceso


Se presentó un amparo para evitar que la Comisión permita la participación de jueces de primera instancia que no tienen otra fuente para ejercer la profesión de abogacía.
Autor: Rodrigo Boror | justicia@redciudadana.org.gt |

La Comisión de Postulación debe de contemplar varios parámetros para la integración de la nómina de candidaturas que serán enviadas al Presidente. Entre estos, todas las personas deben de cumplir con requisitos legales básicos, ser guatemalteco de origen, tener más de 40 años de edad, ser abogado o abogada activa, entre otros. Sin embargo, hay un requisito que causa polémica desde la elección de Fiscal de 2018. El requisito de 10 años de ejercicio de la abogacía como profesión o un período completo de magistratura en la Corte de Apelaciones.

Este requisito contempla un desafío en esta elección de Fiscal General ya que se presentó un amparo para evitar que la Comisión permita la participación de jueces de primera instancia que no tienen otra fuente para ejercer la profesión de abogacía. De tal forma, la Corte de Constitucionalidad resolvió conceder el amparo provisional antes de la presentación de los expedientes y de esta forma evitar que los expediente de jueces y juezas de primera instancia no sean incluidos si no pueden acreditar de alguna forma haber ejercido la abogacía. Este amparo generó controversia y ha surtido efectos dentro del trabajo de la Comisión.

Desde la primera fase de revisión, la Comisión decidió rechazar bajo este motivo los expedientes de Walter Paulino Jiménez Texaj, actual magistrado suplente de la CC; Franc Armando Martínez Ruiz, magistrado de Sala de Apelaciones; y, Francisco Rolando Durán Méndez, juez de primera instancia. No obstante, los candidatos están pendientes de enviar sus pruebas de descargo a la Comisión. Ahora bien, esta situación contrasta con el proceso de elección de Fiscal General en 2018 en donde varios jueces y juezas de primera instancia habían sido incluidos en el proceso y la nómina final. De tal forma, es marcada la ausencia de jueces y juezas como Ericka Aifán, Miguel Ángel Gálvez, Patricia Gámez, Claudia Escobar, entre otras.

Por otro lado, organizaciones gremiales de jueces y juezas se pronunciaron al respecto y accionaron. En el caso gremial, la Asociación de Mujeres Juezas de Guatemala presentó un amparo para dar marcha atrás a la decisión de la Corte de Constitucionalidad. En el caso de la Asociación Guatemalteca de Jueces por la Integridad se manifestó el rechazo a esta resolución en su comunicado de febrero. De igual forma, organizaciones internacionales y de sociedad civil se pronunciaron al respecto rechazando esta decisión.

Esta resolución pone en entredicho al magistrado actual Roberto Molina Barreto por una resolución de igual naturaleza, pero con una decisión diferente. En este sentido, medios de comunicación hacen ver la contradicción al permitir la postulación de jueces y juezas de primera instancia en la elección de 2014 y caso contrario en la elección del presente año. De tal cuenta, los cambios en las decisiones de la Corte generan un descontento dentro del sector justicia.

La participación de personas para puestos públicos un derecho básico dentro de un Estado de Derecho. Este derecho tiene requisitos mínimo a efecto de garantizar que las personas que lleguen al puesto tengan la capacidad y la idoneidad para desempeñarlo. Sin embargo, requisitos arbitrarios que han sido superados y luego impuestos sugieren un retroceso en la garantía de acceso a cargo público en condiciones de no discriminación e igualdad. Esta situación representa un reto más para garantizar un proceso de elección abierto y transparente que permita la participación y elección libre de quien será el o la futura Fiscal General 2022-2026.

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